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Confirmación

¡Enhorabuena! El certificado que puedes obtener es

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PARA PRÁCTICAS DE TITULADOS EXTRANJEROS (LEY 14/2013) – CONTRATO

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Carecer de antecedentes penalesen sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos previstos en el ordenamiento español y no figurar como rechazable en el espacio territorial de los países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • En su caso, encontrarse regularmente en territorio español.
  • Haber obtenido un título de educación superior, englobando ésta a la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior, en los dos años anterioresa la fecha de la solicitud o estar realizando estudios que conducen a la obtención de un título de educación superior, debiendo ser titular de una autorización de estancia por estudios, si los mismos son realizados en España
  • Las prácticas se deberán efectuar en el mismo campo académico y al mismo nivel de cualificaciónque el título de educación superior o el programa de estudios referido
  • Realizar las prácticas dentro de un programa soportado por un contrato de trabajo en prácticas.
  • Haber sido admitido o contratado en una entidad pública o privada, en base al citado contrato que contemple una formación teórica y práctica
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005

Permiso de residencia

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